La Junta de Andalucía marca una fecha límite, dentro del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), como “tope” para las restricciones de movilidad, tanto en la comunidad como fuera de ella.

El próximo 27 de febrero, día incluido en el “Puente de Andalucía», la Junta deberá de hacer público si prorroga las medidas actuales, o por el contrario opta por imponer otras acordes a la situación en la que se encuentre en ese momento la comunidad, dejándolo reflejado en un BOJA extraordinario.

La Junta ya ha prolongado la vigencia de las restricciones actuales en varias ocasiones, pero debido a la considerable mejora de los datos en Andalucía, se baraja la idea de que las restricciones pasen a ser más livianas. Teniendo siempre consideración con el peligro de la cuarta ola, que se vaticina según los expertos para finales de marzo, además, de la situación en la que se encuentre en ese momento la comunidad.

Por lo tanto, como hemos reiterado, es importante el estado en el que se encuentre para esa evaluación Andalucía, en general, y cada provincia. De esta manera, podemos considerar un hecho relevante el que la pasada semana la Junta cambiase los criterios de evaluación, para establecer las restricciones de movilidad y cierre de negocios no esenciales en los municipios en función de las tasas.

Aun así, dentro de la comunidad continua vigente la restricción para moverse entre provincias andaluzas y para abandonar la comunidad autónoma, algo que en cierto modo merma la economía andaluza y a los propios andaluces.

Hasta el momento, en acorde a lo establecido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), queda prohibida la movilidad entre provincias y fuera de la comunidad hasta las 00.00 horas del sábado 27 de febrero, primer día en el que se recuperaría la movilidad si nada cambia.

 

Un comentario en «Fecha límite para las restricciones de movilidad en Andalucía»

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