La sentencia revoca la condena de tres años y ocho meses de prisión al considerar que no quedó acreditada la participación del procesado en el desembarco de la droga ocurrido en Ayamonte.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la condena de tres años y ocho meses de prisión impuesta a un hombre por un delito contra la salud pública relacionado con un importante alijo de hachís en la provincia de Huelva. El alto tribunal concluye que las pruebas presentadas durante el procedimiento no son suficientes para demostrar su implicación en los hechos y acuerda su absolución.

La resolución deja sin efecto la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva, que había considerado acreditada la participación del acusado en un desembarco de droga registrado en abril de 2024 en la zona de Ayamonte.

Los hechos ocurrieron durante un operativo de la Guardia Civil desarrollado en la ría Carreras, donde los agentes detectaron la llegada de embarcaciones semirrígidas utilizadas presuntamente para introducir droga por la costa onubense. La actuación policial permitió intervenir dos vehículos que transportaban un total de 22 fardos de hachís.

La droga intervenida alcanzó un peso de 794,43 kilogramos de hachís, con un valor estimado en el mercado ilícito cercano a 1,6 millones de euros, según consta en la resolución judicial.

El acusado fue localizado junto a uno de los vehículos utilizados para transportar la mercancía, circunstancia que llevó a la Audiencia Provincial a condenarlo por un delito contra la salud pública. Sin embargo, el TSJA considera que ese único indicio no basta para destruir el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Los magistrados destacan que durante el juicio no se practicaron pruebas que permitieran situar al procesado participando en la descarga de la droga ni realizando labores relacionadas con el alijo. Tampoco existían elementos objetivos que acreditaran su integración en la organización encargada del desembarco.

Por ello, la Sala concluye que la condena se apoyó en una prueba indiciaria insuficiente para acreditar la autoría de los hechos con las garantías exigidas en un proceso penal.

Como consecuencia de esta decisión, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca íntegramente la condena de prisión y las multas impuestas al acusado, al entender que no ha quedado demostrada su participación en el alijo de hachís intervenido en la costa de Huelva.

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