Estas son las fechas, la ley fija un plazo máximo de dos meses si fracasa la investidura y no se consigue formar Gobierno.
El proceso para la formación del nuevo Gobierno andaluz tras las elecciones autonómicas del 17 de mayo queda ahora condicionado por los plazos establecidos en la normativa parlamentaria, que fija un máximo de dos meses para lograr la investidura del presidente de la Junta.
Según esta regulación, la persona que presida el Parlamento deberá proponer candidato a la Presidencia de la Junta en un plazo de 15 días hábiles tras la sesión constitutiva de la Cámara, prevista para el 11 de junio, lo que abre la primera fase del calendario institucional para la formación del Ejecutivo.
A partir de ahí, se inicia el proceso de investidura en el que el candidato necesita mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple en una segunda. En caso de no lograr el apoyo necesario, se abre un periodo de negociaciones entre los grupos parlamentarios.
El punto clave del calendario llega si ninguna candidatura consigue la confianza de la Cámara en ese plazo: si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin acuerdo, el Parlamento se disuelve automáticamente y se convocan nuevas elecciones.
Este mecanismo sitúa el horizonte político andaluz en un escenario de incertidumbre, ya que el nuevo Gobierno deberá quedar investido en ese plazo máximo o, de lo contrario, los ciudadanos volverían a las urnas.
Con el Partido Popular como fuerza más votada pero sin mayoría absoluta, la formación del Ejecutivo dependerá de las negociaciones con otras fuerzas políticas en las próximas semanas, en un Parlamento más fragmentado que en la legislatura anterior.
