Publicadas las condiciones de tránsito por Doñana para la romería del RocíoPublicadas las condiciones de tránsito por Doñana para la romería del Rocío

Publicadas las condiciones de tránsito por Doñana para la romería del Rocío. La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul ha hecho públicas, a través del Espacio Natural de Doñana, las condiciones de tránsito de las hermandades con motivo de la romería de El Rocío. 

Desde la Junta han explicado que «una gran parte» de los desplazamientos se realizan a través del espacio formado por Parque Nacional de Doñana, sus Zonas de Protección, y el Parque Natural de Doñana.

También han puesto de manifiesto que esta romería es una de las «más multitudinarias que se realizan en España», por lo que representa «un gran reto» para las administraciones públicas organizar todos los dispositivos.

Dentro de este documento se pone en valor el «carácter tradicional y la necesidad de establecer criterios para que se garantice el valor de Doñana». Por ello, se establece una regulación específica para el transito por esta zona.

En cuanto a las normativas para que las hermandades transiten por los caminos y vías del Espacio Natural de Doñana para la romería de El Rocío se aplican los siguientes criterios:

  • La autorización con la que cuenten tendrá validez exclusivamente para las fechas y lugares de tránsito, sesteo y pernocta recogidas en la misma. Se respetarán las modificaciones del itinerario tradicional que se señalicen por el Espacio Natural de Doñana sobre el terreno por razones de conservación de los recursos naturales.
  • La autorización se entiende sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente, la obtención del resto de autorizaciones que sean preceptivas, del derecho de terceros y dejando a salvo el derecho de la Propiedad.
  • En el momento en que se ponga en riesgo el Espacio de Natural de Doñana, la autorización podrá ser revocada o modificada.
  • El itinerario podrá ser modificado en determinados puntos.
  • Las personas responsables de cada hermandad deberán portar la autorización.
  • La peregrinación debe realizarse con el mayor respeto al entorno.
  • Deberán atenderse las indicaciones del personal de la Consejería competente en materia de medio ambiente y de los Agentes de la Autoridad.

En lo que respecta a los particulares también deberán aplicar una normativa específica:

  • Sólo se autoriza la circulación por los caminos y vías pecuarias del Espacio Natural de Doñana de los vehículos correctamente identificados. Cada hermandad contará con un distintivo con el rótulo «Rocío 2024» para los vehículos a motor autorizados. En el caso de aquellos que transiten por la Raya Real tendrán que estar diferenciados los vehículos esenciales, de los no esenciales y deberán ir provistos de un cartel identificativo, con el nombre de la hermandad a la que pertenecen, la matrícula y el número de orden.
  • En Doñana la velocidad máxima permitida para circular con los vehículos a motor es de 40 km/h, excepto para los vehículos autorizados al tránsito por la playa, en el tramo comprendido entre el actual emplazamiento del rancho Enrique y Malandar, que será de 60 km/h.
  • No está permitido la circulación con vehículos a motor fuera de los itinerarios autorizados expresamente en esta autorización.
  • No se permite el tránsito de hermandades durante la noche (desde una hora después del ocaso hasta el orto solar).
  • No se permite la acampada o la pernocta fuera de los lugares recogidos expresamente en la resolución.
  • No se permite la circulación en paralelo de varios vehículos que coincidan en el mismo recorrido. Salvo en el tránsito por la Raya Real dónde se establecerá un carril para la tracción mecánica  y otro para la tracción animal
  • En Doñana se procurará no molestar a la fauna silvestre, evitando en lo posible la emisión de ruidos de consideración.
  • Se excluyen del tránsito por  Doñana todo tipo de motocicletas de 2, 3 ò 4 ruedas, así como el de quads, buggies o similares cuyo tránsito no está permitido, aunque dispongan de la acreditación correspondiente, salvo para emergencias y servicios de orden de las hermandades, previamente comunicados al Espacio Natural de Doñana.
  • Los tránsitos tendrán un horario establecido, suficiente para las necesidades de cada hermandad, que en ningún caso podrá alterar los horarios establecidos en esta resolución.
  • Se recomienda la identificación de los caballistas por cada hermandad.
  • Las hermandades deberán circular agrupadas detrás de su correspondiente simpecado y delante de los vehículos identificados como servicio de limpieza, debiendo llegar en orden a los puntos de acceso y correctamente identificadas. A excepción de los vehículos de apoyo de la hermandad correctamente identificados. Los responsables de la hermandad deben distribuirse en la comitiva y, al menos uno, encabezar la misma y otro cerrarla.
  • No se permitirá el tránsito de vehículos de una hermandad hasta que su simpecado no haya entrado en Doñana. Esta condición, junto a la anterior, será aplicada a los vehículos que pretendan su entrada  en días anteriores o posteriores al del tránsito de su hermandad.
  • Cada hermandad deberá realizar su entrada  por el camino, en la fecha y con los vehículos autorizados, salvo excepciones comunicadas por las hermandades con suficiente antelación al Espacio Natural de Doñana y hayan sido validadas por éste.
  • El tránsito se desarrollará en los sentidos marcados en la autorización, no estando permitido circular en sentido contrario al marcado, detenerse fuera de los lugares habilitados para ello o el adelantamiento de ningún vehículo a una hermandad en tránsito (excepto vehículos de apoyo de las hermandades, correctamente identificados por la hermandad).
  • Los vehículos de las hermandades que sufran algún tipo de avería podrán circular de noche, siempre que esta circunstancia haya sido comunicada previamente por la hermandad a los responsables.
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