Con motivo del Día Internacional del Tatuaje, Consumo aconseja a las personas usuarias que valoren entre diferentes centros que deben contar con autorización municipal.

El tatuaje o tattoo es una técnica a la que se someten cada vez más personas, y de todas las edades, pudiendo elegir para ello numerosos establecimientos que ofrecen este servicio. Teniendo esto en cuenta, y aprovechando un marco como es el Día Internacional del Tatuaje, la Dirección General de Consumo recomienda que, ante todo, la persona usuaria valore si merece la pena hacerse el tatuaje, al tratarse esta de una práctica lesiva con la piel y no carente de riesgos.

Si la decisión está tomada, el principal consejo es informarse bien, empezando por consultar –e incluso visitar– varios centros de tatuaje, los cuales deben contar con la oportuna autorización municipal. Los tatuadores deben contar con la titulación correspondiente. Existen titulaciones de Formación Profesional que habilitan para la realización de este trabajo y que se pueden consultar en Consumo Responde

La decisión de dónde realizarse un tatuaje no sólo debe responder a criterios estéticos, sino también a factores como la confianza, la seguridad y la higiene.

Ante cualquier duda sobre cualquier aspecto del tratamiento, debe consultarse al personal especializado del establecimiento o instalación, y antes de hacerse el tatuaje, debemos cumplimentar y firmar el documento de consentimiento informado, y pedir y guardar una copia. En caso de personas menores de 16 años, hay que sumar a este consentimiento informado, un consentimiento expreso y por escrito de sus padres y/o madres, o de las personas que ejerzan su patria potestad o representación legal.

Es importante, para cualquier posible reclamación, solicitar y conservar la factura por los trabajos realizados.

Las personas que acudan a hacerse un tatuaje también deben tener en cuenta las complicaciones que pueden surgir tras la aplicación de estas técnicas –deben ser informadas de forma oral y por escrito–, tales como: alergias, infecciones, cicatrices hipertróficas (indicándose la necesidad, si se diera el caso, de acudir a recibir tratamiento médico lo antes posible; el riesgo potencial de contraer enfermedades de transmisión por sangre; o que durante 6 meses tras la aplicación del tatuaje no se puede donar sangre.

Los tatuajes no están recomendados en mujeres embarazadas, madres en situación de lactancia, personas afectadas de déficit inmunológico, personas sometidas a intervención quirúrgica, quimioterapia o radioterapia.

Tras aplicarse la técnica, el personal profesional del tatuaje debe informar a la persona usuaria, de manera oral y por escrito, sobre las medidas de cuidado, desinfección y limpieza tras la intervención. Si no es así, la persona usuaria del servicio podrá exigir dicha información.

La Dirección General de Consumo recuerda la conveniencia de escoger un centro o instalación de confianza y que tenga buenas referencias, y, en la medida de lo posible, que esté adherido al Sistema Arbitral de Consumo.

Un comentario en «¿Piensas hacerte un tatuaje? El Documento de Consentimiento Informado es imprescindible»

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