El condenado regentaba un bar de un municipio onubense y abuso sexualmente de la menor en reiteradas ocasiones, cuando tan solo tenía 13 años.
La Audiencia Provincia de Huelva ha condenado a once años y un día de cárcel a un hombre al considerarle autor de agresión sexual continuada ente julio y agosto de 2023 a la hija menor , contaba 13 años en aquel momento, de la que era su pareja y con la que convivía en el mismo domicilio de un municipio de la provincia onubense.
El condenado aprovechaba los momentos en que menor de edad y él se encontraban solos en el domicilio para «con ánimo libidinoso» tocarle partes de su cuerpo a la menor, así como que estos episodios se repetían en el bar que el procesado regentaba en el pueblo. Asimismo, señala que, aprovechando que la menor se hallaba sola en la casa y «mientras ésta se encontraba cambiándose de ropa, se le acercó rápidamente» y le realizo diversos tocamientos sexuales, «consiguiendo zafarse la menor».
Del mismo modo, apunta la sentencia que, «entre tres y cuatro días después, el procesado entró en la habitación de la menor que se encontraba tumbada en la cama y abusó sexualmente de ella, que «le repetía que la dejase y parase, teniendo que propinarle una patada a fin de que se apartase al no cesar en su conducta», pero prosiguiendo el condenado a continuar realizándose a sí mismo prácticas sexuales delante de ella.
Tras estos hechos, la menor le contó lo sucedido a su madre, que interpuso la correspondiente denuncia por los hechos. Por todo ello, el hombre ha sido condenado a once años y un día de prisión como autor responsable de un delito continuado de agresión sexual.
Asimismo, se le prohíbe aproximarse a la menor a una distancia inferior a 200 metros, en cualquier lugar donde se encuentre y de comunicarse con ella por cualquier medio por sí o a través de terceros, con una duración superior en cinco años a la pena de prisión impuesta, esto es, 16 años y un día, «cumpliéndose la pena de prisión y las prohibiciones antes citadas por el condenado de forma simultánea».
Igualmente, se impone al citado condenado la medida de libertad vigilada durante ocho años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad y tendrá que indemnizar a la menor con 5.000 euros por los daños morales causados.
