El condenado propuso a la víctima desplazarse hasta la vivienda donde residía con su abuela para pasar la noche.

La Audiencia Provincial de Huelva ha confirmado la condena de un año de prisión para un hombre acusado de agredir sexualmente a una familiar, concretamente a la hija de su prima, después de una celebración familiar.

Los hechos tuvieron lugar durante la madrugada del 9 de febrero de 2025. Según recoge la sentencia, el condenado propuso a la víctima desplazarse hasta la vivienda donde residía con su abuela para pasar la noche.

Una vez en el domicilio, la joven se encontraba en el dormitorio cuando el hombre se acercó a ella y realizó tocamientos por encima de la ropa sin su consentimiento. La víctima se negó de forma tajante ante el comportamiento del acusado.

Poco después, la madre de la joven acudió a la vivienda después de recibir un mensaje enviado desde el teléfono de su hija. Al llegar, encontró a la víctima en un estado de gran nerviosismo y esta le contó lo ocurrido. Ambas acudieron inmediatamente a dependencias de la Guardia Civil, donde presentaron la correspondiente denuncia.

La Audiencia rechaza el recurso de la defensa

La defensa del acusado presentó un recurso de apelación en el que cuestionaba, entre otros aspectos, la valoración de las pruebas y alegaba una vulneración de la presunción de inocencia.

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso y mantiene la condena dictada anteriormente por el Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva.

La Sala considera que el relato ofrecido por la víctima presenta suficiente credibilidad y destaca que su declaración fue coherente y mantenida durante el procedimiento. Además, señala que su versión contó con el respaldo del testimonio de su madre.

La condena incluye varias medidas

Aunque la sentencia establece una pena de un año de prisión, su ejecución queda suspendida durante dos años, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir y a que realice un programa de educación sexual.

La resolución también establece una orden de alejamiento de al menos 100 metros respecto de la víctima y le prohíbe comunicarse con ella durante dos años.

Asimismo, deberá cumplir un año de libertad vigilada una vez finalice la pena y tendrá durante tres años una inhabilitación especial para desempeñar actividades laborales relacionadas con menores.

La resolución de la Audiencia Provincial de Huelva supone así la confirmación de la condena por unos hechos ocurridos en el ámbito familiar y tras los cuales la víctima acudió a denunciar lo sucedido ante la Guardia Civil.

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