Los hechos ocurrieron el 16 de septiembre de 2023, cuando la acusada acudió a un parque para entregar a su hijo menor al hombre.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva y ha rebajado la condena a una mujer que en 2023 apuñaló a su expareja. Inicialmente condenada por un delito de homicidio en grado de tentativa a cinco años de prisión, el TSJA la considera autora de un delito de lesiones con instrumento peligroso y le impone dos años de cárcel.

Los hechos ocurrieron el 16 de septiembre de 2023, cuando la acusada acudió a un parque para entregar a su hijo menor al hombre, quien se marchó por tener vigente una orden de alejamiento. Más tarde, la mujer lo siguió hasta un bar y a la casa de un amigo, donde, tras una discusión, le asestó una puñalada en el pecho con un cuchillo de 19 centímetros. La víctima sufrió heridas graves en el hemitórax izquierdo, requiriendo intervención quirúrgica y drenaje torácico, quedándole una cicatriz de seis centímetros.

La sentencia del TSJA señala que no se acreditó la intención de matar al excompañero, por lo que descartó el delito de homicidio y consideró más adecuada la calificación de lesiones dolosas según el artículo 148 del Código Penal.

La defensa recurrió alegando errores en la valoración de pruebas, y el tribunal concluyó que la actuación de la acusada no evidenciaba dolo homicida, quedando ahora la condena fijada en dos años de prisión por lesiones.

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