Agresión sexual a su hija de tres años, delitos de promoción de la prostitución de un menor de edad y elaboración y difusión de pornografía infantil.
La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a 34 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su hija de tres años, así como por los delitos de promoción de la prostitución de un menor de edad y otro de elaboración y difusión de pornografía infantil.
Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, el hombre convivía con la menor en su domicilio familiar de la capital y se considera probado que en una fecha anterior al día 24 de marzo de 2024, «desnudó a su hija» y abusó de ella «llegando a realizar fotografías de estas prácticas sexuales».
Posteriormente, el 24 de marzo de 2024 «mantuvo una conversación a través de una aplicación de mensajería móvil con un hombre» y «con el propósito de provocarlo y conseguir una relación sexual con él, le propuso que en aquella relación sexual interviniese también la menor, diciéndole que la tratara como si fuera una mujer».
Asimismo, indica la sentencia que en el transcurso de aquella conversación el procesado envió al hombre por ese mismo medio ocho de aquellas fotografías de su hija con el propósito de provocarle sexualmente».
Subraya la sentencia que el procesado «es un padre que no solo ha agredido sexualmente a su hija de tres años de edad sino que, además, la utilizó para ser objeto de una relación sexual con un tercero al que pidió que la tratara como una mujer, esto es, ofreció a su propia hija para satisfacer su apetito sexual sin importarle en modo alguno el sufrimiento de la niña».
Considera el tribunal que el procesado «actuó con una frialdad desprovista del más mínimo sentimiento paterno filial», y también valora «la ausencia de intentar de algún modo reparar el enorme daño causado, y su desprecio con su actitud en el plenario»; acciones que considera la Audiencia que «deben ser objeto del mayor reproche penal».
Por ello, además de las penas de prisión –once años por el delito de promoción de la prostitución de un menor de edad y ocho por elaboración y difusión de pornografía infantil y 15 por la agresión sexual–, lo condena a diez años de libertad vigilada, así como en materia de responsabilidad civil deberá indemnizar a la pequeña con 16.000 euros por daños morales.
