Condenan a cuatro hombres a tres años y tres meses de cárcel, y absuelve a un quinto, como autores de un delito debido al narcotráfico.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a cuatro hombres a tres años y tres meses de cárcel, y absuelve a un quinto, como autores de un delito contra la salud pública –por tráfico de drogas en las costas de Huelva–, agravado en el caso de uno de ellos por la «notoria importancia» de la cantidad y por el empleo de embarcación y los absuelve a todos del delito de pertenencia a grupo criminal.

De este modo, el TSJA revoca la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Huelva, que los condenaba hasta a cinco años y seis meses de cárcel –y a tres años  y seis meses a uno de ellos– por un delito de tráfico de drogas en calidad de «extrema gravedad» por la cantidad y por el uso de embarcación y pertenencia a grupo criminal, por introducir droga por la costa onubense, concretamente por Ayamonte.

Según recoge la sentencia del TSJA, consultada por Europa Press, el Alto Tribunal andaluz estima parcialmente las apelaciones interpuestas por cuatro de ellos e  íntegramente la del acusado finalmente absuelto –del que considera que no hay prueba acreditativa de la responsabilidad que se le atribuye–, contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, la cual revoca, y los condena por dos de los delitos de tráfico de drogas, pero los absuelve del de pertenencia a grupo criminal.

Con respecto a la absolución como grupo criminal, considera el TSJA que en la sentencia dictada por la Audiencia de Huelva «no se da la mínima explicación de cuál es la fuente probatoria» de «la constitución y mantenimiento en actividad de un grupo estable y con cierta estructura» y apunta que la sentencia de la Audiencia Provincial «parece limitarse a reproducir las impresiones o conclusiones expuestas en la diligencia de informe e imputación de hechos del atestado policial, sin constar su apoyo en datos probados» que evidencien esa estructura.

Así las cosas, se considera probado que el 25 de junio de 2019 el Servicio Marítimo de la Guardia Civil de Huelva llevó a cabo la intervención en un caño próximo al río Guadiana de la embarcación la cual transportaba en su interior 65 fardos de arpillera conteniendo 2.080 kilos aproximadamente de hachís –y un valor aproximado en el mercado ilícito de más de cuatro millones de euros–. La tripulación se dio a la fuga y el TSJA señala que «no consta que los acusados o algunos de ellos tuvieran relación con esta partida de sustancia estupefaciente».

Asimismo, se considera probado que en noviembre de 2019 la Guardia Civil interceptó un vehículo en la carretera HU-3401 sentido Tariquejo, en el que se encontraban tres de los acusados, y en cuyo maletero se halló una bolsa de rafia con 12.900 kilogramos de hachís.

De otro lado, se considera que en otra fecha de noviembre de 2019 uno de los acusados acudió con una embarcación cargada de combustible a alta mar para socorrer a otra que se había quedado sin gasolina después de realizar una operación de carga y transporte de una cantidad indeterminada de hachís. Ambas embarcaciones fueron interceptadas por el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, que intervino 19 sacos de hachís con peso neto total de 561.600 gramos y con un valor aproximado en el mercado de 1,1 millones de euros.

Respecto a estos hechos probados, señala el Alto Tribunal andaluz que «no consta acreditado que los acusados o algunos de ellos se concertaran de modo estable para organizar y llevar a cabo otras actuaciones relacionadas con la adquisición o transporte de sustancias estupefacientes», así como tampoco considera acreditado la intervención del acusado finalmente absuelto o el de otros ya enjuiciados por los mismos hechos.

De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condena a cuatro de los acusados a tres años y tres meses de prisión por un delito contra la salud pública,  agravado por la «notoria importancia» de la cantidad –y por el empleo de embarcación en el caso de uno de los condenados–, así como a multas que oscilan entre 50.000 en el caso de tres de ellos y dos de 1,3 millones en el caso del condenado con empleo de embarcación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *