Los condenados deberán pagar multas de 9,18 millones de euros cada uno después de que el tribunal andaluz haya rechazado los recursos presentados contra la sentencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cuatro años, seis meses y un día de prisión para dos hombres interceptados con más de 1,5 toneladas de hachís a bordo de una embarcación frente a la costa de Isla Cristina. La resolución también mantiene las multas de 9,18 millones de euros impuestas a cada uno de los acusados por un delito contra la salud pública.

La Sección de Apelación Penal del alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos presentados por las defensas, que solicitaban reducir las penas a tres años y un día de prisión. Los acusados alegaban que la sentencia inicial no justificaba suficientemente la duración de las condenas y cuestionaban el incremento aplicado por la Audiencia Provincial de Huelva.

Interceptados a 16 millas de la costa onubense

Los hechos se remontan al 13 de septiembre de 2021, cuando los dos hombres navegaban en una embarcación de unos siete metros de eslora a aproximadamente 16 millas al sur de Isla Cristina. Al percatarse de la presencia de los agentes del Servicio Marítimo Provincial de la Guardia Civil, comenzaron a arrojar al mar los fardos que transportaban.

Los efectivos lograron interceptar la embarcación y recuperar un total de 51 fardos de arpillera, localizados tanto en el agua como en el interior del barco. Los análisis posteriores confirmaron que contenían 1.530 kilogramos de resina de cannabis, cuyo valor en el mercado ilícito se estimó en unos 9,1 millones de euros.

Durante la intervención, los agentes también incautaron dinero en efectivo y tres teléfonos satelitales, además de la droga y la embarcación utilizada para el transporte.

El tribunal descarta que fueran simples ayudantes

En su resolución, el TSJA considera que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva está suficientemente motivada y se ajusta a derecho. El tribunal rechaza que los acusados desempeñaran un papel secundario en el transporte de la droga y destaca que tenían plena disponibilidad sobre la mercancía intervenida.

Asimismo, la Sala subraya la extraordinaria cantidad de estupefacientes incautada, que superaba en más de 600 veces el umbral establecido para apreciar la notoria importancia. A esta circunstancia se suma el uso de una embarcación específica para el transporte de la sustancia, un factor que contribuyó a considerar los hechos de extrema gravedad.

Por estos motivos, el tribunal autonómico mantiene íntegramente las penas de prisión, las sanciones económicas y el decomiso de la droga, la embarcación y los dispositivos telefónicos intervenidos.

No obstante, la resolución todavía puede ser recurrida mediante un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *