Desde este jueves existen nuevos requisitos para usuarios de patinetes eléctricos, ciclistas, motoristas y conductores.
La reforma del Reglamento General de Circulación ha entrado en vigor este jueves, 1 de octubre, con nuevos requisitos para usuarios de patinetes eléctricos, ciclistas, motoristas y conductores, además de nuevas medidas específicas para proteger a los peatones. Los cambios están recogidos en el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio.
La modificación incorpora por primera vez al Reglamento una definición formal de «usuario vulnerable de la vía», que incluye a peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Puntos clave
- Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años y casco obligatorio.
- Bicicletas: el casco pasa a ser obligatorio en vías interurbanas.
- Adelantamientos a ciclistas: se mantiene la distancia lateral mínima de 1,5 metros y se establecen nuevas condiciones de velocidad y cambio de carril.
- Motoristas: nuevas obligaciones de protección, como el uso de guantes en vías interurbanas y calzado cerrado.
- Carril de emergencia: los vehículos deberán apartarse durante las retenciones para facilitar el paso de ambulancias, bomberos y otros servicios prioritarios.
- Peatones: se refuerzan las medidas de protección y su prioridad en determinadas calles de plataforma única.
- Nieve: en autopistas y autovías afectadas por nevadas se prohíbe adelantar y deberá mantenerse libre el carril izquierdo para emergencias y quitanieves.
- Entrada en vigor: la mayoría de las nuevas normas se aplican desde el 1 de octubre de 2026, aunque algunas medidas se aplazarán hasta 2027.
Nuevas obligaciones para los patinetes
Los usuarios de patinetes eléctricos y otros VMP deberán tener al menos 15 años para conducir estos vehículos y estarán obligados a utilizar casco de protección.
Además, durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad deberán llevar un elemento reflectante. La obligación de mantener el alumbrado de los VMP encendido permanentemente, también durante el día, se aplicará a partir del 1 de octubre de 2027.
Cambios para los ciclistas
En las vías interurbanas, el casco será obligatorio para todos los ciclistas, al desaparecer las excepciones que contemplaba anteriormente la normativa.
También se modifican las condiciones para adelantar a una bicicleta. Los conductores deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros. Cuando haya más de un carril por sentido, deberán cambiar completamente de carril para efectuar el adelantamiento.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos que circulen detrás deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando compartan el mismo carril.
Nuevas normas para motocicletas y ciclomotores
Los motoristas tendrán nuevas obligaciones relacionadas con la protección personal. Entre ellas se encuentra el uso de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado en cualquier tipo de vía. La aplicación de la obligación relativa a los guantes queda vinculada a la entrada en vigor de la correspondiente orden ministerial sobre sus características técnicas.
En determinadas situaciones de congestión, las motocicletas podrán utilizar el arcén derecho, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la normativa y sin superar los 30 km/h.
Los conductores deberán formar un carril de emergencia
Otra de las novedades afecta a las retenciones en carretera. Cuando los vehículos estén detenidos o circulen a velocidad muy reducida, deberán desplazarse hacia los laterales para dejar un espacio libre destinado al paso de ambulancias, bomberos y otros servicios prioritarios.
En una vía con dos carriles, los vehículos deberán apartarse hacia ambos lados para dejar libre la zona central.
Cambios relacionados con los peatones
La reforma también introduce nuevas disposiciones para los peatones. En los pasos regulados por semáforos, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde no intermitente para los peatones.
Además, en las calles con plataforma única se establece la prioridad de los peatones. El nuevo Reglamento también reconoce jurídicamente los denominados caminos escolares seguros.
Nieve y circulación en autopistas y autovías
Cuando la circulación en autopistas y autovías se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar y deberá quedar libre el carril izquierdo para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y de las máquinas quitanieves.
La mayor parte de estas modificaciones se aplica desde el 1 de octubre de 2026, aunque algunas medidas han quedado aplazadas hasta 2027. Entre ellas se encuentran el alumbrado permanente de los VMP y determinados requisitos relacionados con los cascos de los ciclomotores.
