Los acusados han sido sentenciados a nueve meses de prisión y a la prohibición de utilizar Telegram, WhatsApp, Instagram y Discord durante tres años y nueve meses. El juez aprecia agravante de género y les impone un programa formativo en educación sexual.
Un juzgado de Sevilla ha condenado a tres hombres por manipular con inteligencia artificial (IA) fotografías de tres jóvenes para crear imágenes falsas en las que aparecían desnudas y compartirlas posteriormente a través de internet. Se trata de la primera sentencia condenatoria en la capital hispalense por unos hechos de estas características.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la sentencia fue dictada el pasado 1 de octubre, tras un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía de Criminalidad Informática de Sevilla, la acusación particular y las defensas. Los tres condenados han recibido una pena de nueve meses de prisión cada uno, además de la prohibición de acceder a determinadas redes sociales y aplicaciones de mensajería.
El magistrado considera que los hechos constituyen tres delitos contra la integridad moral, con la agravante de género. También ha aplicado las atenuantes de reparación del daño y confesión.
Manipularon fotografías de antiguas compañeras
La resolución judicial considera probado que los tres acusados, de común acuerdo con otra persona menor de edad, obtuvieron fotografías de los perfiles públicos de Instagram de tres jóvenes que habían sido compañeras de colegio.
Posteriormente, utilizaron una aplicación de inteligencia artificial disponible en Telegram para manipular las imágenes originales y generar fotografías que simulaban, con gran realismo, los cuerpos desnudos de las afectadas.
Los archivos fueron compartidos inicialmente entre los implicados mediante grupos específicos de WhatsApp y Discord. Sin embargo, las imágenes terminaron circulando más allá de esos espacios privados, sin que haya podido determinarse el alcance total de su difusión.
La sentencia recoge que, en torno a las 00.30 horas del 10 de septiembre de 2023, una persona cuya identidad no ha sido identificada envió desde un perfil de Instagram las imágenes manipuladas de las tres jóvenes a una de las afectadas.
El juez aprecia una actitud machista
El magistrado considera que los condenados actuaron con un propósito de burla y siendo conscientes del riesgo que sus acciones suponían para la dignidad de las mujeres.
La resolución subraya que la conducta no se limitó a vulnerar la privacidad de las víctimas, sino que reflejó un desprecio por razón de género. Por este motivo, el juez ha aplicado la agravante contemplada en el artículo 22.4 del Código Penal.
El fallo destaca que la manipulación de las fotografías para representar a las jóvenes desnudas contribuyó a cosificarlas y a perpetuar estereotipos machistas.
Tres años y nueve meses sin acceder a cuatro aplicaciones
Además de los nueve meses de prisión, los condenados tienen prohibido acceder a Telegram, WhatsApp, Instagram y Discord durante un periodo total de tres años y nueve meses.
El juez ha acordado suspender la ejecución de las penas de cárcel durante dos años, condicionando este beneficio a que no cometan ningún delito durante ese tiempo. También deberán cumplir la prohibición de utilizar las aplicaciones mencionadas durante el periodo de suspensión y realizar un programa formativo en educación sexual.
La decisión se fundamenta en que los acusados carecían de antecedentes penales, reconocieron los hechos y abonaron íntegramente las cantidades establecidas como responsabilidad civil para compensar el daño moral causado a las víctimas.
La sentencia es firme tras el acuerdo alcanzado entre las partes.
Reconocieron los hechos y repararon el daño
Desde sus primeras declaraciones ante la Policía, los tres condenados reconocieron los hechos y mantuvieron su confesión durante el procedimiento judicial. Según la resolución, su colaboración contribuyó al esclarecimiento del caso y permitió agilizar la tramitación de la causa.
Asimismo, ingresaron la totalidad de las cantidades fijadas para indemnizar a las jóvenes afectadas por los perjuicios sufridos.
El caso pone de relieve las consecuencias legales que puede tener el uso de herramientas de inteligencia artificial para fabricar imágenes sexuales falsas de personas reales y difundirlas sin su consentimiento, incluso cuando las fotografías originales proceden de perfiles públicos en redes sociales.
