El Ministerio Público solicita tres años de cárcel para Francisco Bella y cuatro años y medio para María Victoria Cáceres por la presunta revelación de secretos. Los hechos se remontan a febrero de 2024, cuando una conversación de WhatsApp fue fotografiada durante un pleno y posteriormente mostrada en una sesión municipal.
La Fiscalía de Huelva ha solicitado penas de prisión para el alcalde de Almonte, Francisco Bella, y la concejala María Victoria Cáceres, ambos de Ilusiona, por su presunta implicación en la captación y divulgación de una conversación privada mantenida a través de WhatsApp entre el alcalde de Bonares, Juan Antonio García, y el concejal socialista de Almonte José Miguel Espina.
Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, consultado por Europa Press, la Fiscalía reclama tres años de prisión para Francisco Bella por un presunto delito de revelación de secretos por autoridad pública, mientras que para María Victoria Cáceres solicita cuatro años y seis meses de cárcel por un supuesto delito de descubrimiento y revelación de secretos por autoridad pública.
Además, el Ministerio Público pide la inhabilitación absoluta durante diez años para ambos acusados, así como indemnizaciones por daños morales de 3.000 euros para el alcalde de Bonares y 5.000 euros para el concejal socialista.
La fotografía de una conversación durante un pleno
Los hechos se remontan al 8 de febrero de 2024, durante una sesión de la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva (MAS), celebrada en el Teatro Salvador Távora de Almonte.
De acuerdo con el relato de la Fiscalía, María Victoria Cáceres, que entonces ejercía como segunda teniente de alcalde y concejala delegada de Sostenibilidad, Urbanismo y Ordenación del Territorio, se encontraba sentada detrás del alcalde de Bonares y se percató de que este mantenía una conversación de WhatsApp con José Miguel Espina.
El escrito sostiene que la concejala utilizó la cámara de su teléfono móvil y el zoom para fotografiar la pantalla del dispositivo de García, sin que los participantes en la conversación fueran conscientes de ello ni hubieran autorizado la captación.
En la imagen aparecía un mensaje relacionado con una propuesta remitida al Ministerio y una respuesta del interlocutor mediante un emoticono de pulgar hacia arriba.
La conversación se mostró en el Ayuntamiento de Almonte
Según la acusación fiscal, al día siguiente, durante un pleno del Ayuntamiento de Almonte celebrado el 9 de febrero de 2024, María Victoria Cáceres entregó al alcalde una carpeta que contenía una impresión de la fotografía.
La Fiscalía sostiene que Francisco Bella mostró posteriormente la imagen durante el debate de un punto del orden del día relacionado con el reparto de fondos destinados al área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana.
Durante su intervención, el alcalde hizo referencia a la conversación y cuestionó la participación de José Miguel Espina en la propuesta remitida al Ministerio. La sesión fue grabada y retransmitida en directo por Doñana Comunicación, y su vídeo quedó publicado en el canal de YouTube de la entidad.
El Ministerio Público considera que la difusión de la imagen pudo perjudicar la intimidad y la imagen pública de los dos interlocutores, motivo por el que atribuye a los acusados los presuntos delitos relacionados con la revelación de secretos.
Petición de penas e indemnizaciones
La Fiscalía solicita para María Victoria Cáceres cuatro años y seis meses de prisión, además de diez años de inhabilitación absoluta. Para Francisco Bella reclama tres años de cárcel, una multa durante 24 meses, con una cuota diaria de doce euros, y diez años de inhabilitación absoluta.
Asimismo, pide que ambos indemnicen conjuntamente a Juan Antonio García con 3.000 euros por los daños morales derivados de la presunta intromisión en su intimidad y a José Miguel Espina con 5.000 euros por los perjuicios que, según la acusación, le ocasionó la difusión de la conversación.
Las penas solicitadas corresponden a la acusación del Ministerio Fiscal y no constituyen una condena. La responsabilidad penal de los acusados deberá determinarse en el correspondiente procedimiento judicial.
